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https://www.panoramaaudiovisual.com/en/2021/11/16/el-gobierno-da-luz-verde-a-la-nueva-ley-general-de-telecomunicaciones/

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, tras más de un año de negociaciones entre operadores y grupos políticos, la nueva Ley General de Telecomunicaciones, transposición de la Directiva 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas.

El anteproyecto que se presentó a audiencia pública en septiembre de 2020, ve por fin luz verde por parte del Consejo de Ministros. Es de esperar que el Congreso de los Diputados lo ratifique durante el primer semestre de 2022. Sin embargo, no es de descartar que al no tramitarse por la vía de urgencia cualquier modificación de los grupos parlamentarios podría retrasar su aprobación definitiva.

En el texto, la nueva definición de operador de telecomunicaciones incluye tres tipos: empresas que prestan servicios de acceso a internet (ISP), entre ellos las telecos tradicionales; las dedicadas a comunicaciones interpersonales (incluyendo empresas que proporcionen servicios de mensajería instantánea, videollamadas o correos electrónicos) y los que prestan servicios de redes

Así, se regula a los servicios de comunicaciones interpersonales independientes de la numeración. Estos servicios asumen obligaciones como la comunicación previa al Registro de operadores, a efectos estadísticos y censales. También deberán garantizar la integridad y seguridad de sus servicios y tendrán que incrementar la transparencia hacia los usuarios sobre las condiciones en las que prestan sus servicios.

Refuerzo de los derechos de los usuarios

El proyecto de ley refuerza los derechos de los usuarios españoles, que se armonizan con el conjunto de la Unión Europea. Entre otras medidas, se mejora la transparencia de los contratos, que deberán incluir las condiciones detalladas en un resumen con carácter previo a la contratación. Su duración máxima se limita a 24 meses para permitir que, tras ese período, el usuario pueda prorrogar el contrato o cambiar de operador sin penalización. Por primera vez se regulan los contratos de paquetes de servicios, de especial importancia, ya que representan la inmensa mayoría de las suscripciones de los hogares en España.

Con esta nueva regulación, el usuario verá que su contrato de telecomunicaciones, aunque incluya otros servicios como, por ejemplo, televisión, se trata de manera uniforme sin que se le apliquen distintas normativas sectoriales.

En el ámbito de la portabilidad, se introducen nuevos derechos de los usuarios, como la capacidad de desbloquear la tarjeta móvil para facilitar el cambio de operador; conservar el saldo prepago; mantener el número un mes después de la resolución del contrato; y el derecho al reenvío gratuito de correos electrónicos o al acceso a los mismos una vez rescindido el contrato.

También se refuerzan los derechos de los usuarios con diversidad sensorial, algo especialmente importante para eliminar brechas digitales. El proyecto de ley introduce la obligación de accesibilidad en la información relativa a los contratos y acceso.

El servicio universal se actualiza manteniendo el objetivo de proporcionar un acceso asequible a las comunicaciones electrónicas. El Proyecto de Ley obliga a garantizar que dicho acceso permita la prestación de determinados servicios básicos tales como correo electrónico; herramientas básicas de formación y educación en línea; noticias, redes sociales o banca por internet, entre otros.

También se eliminan elementos obsoletos como las cabinas telefónicas o las guías, y se refuerza la libertad de elección del usuario, que podrá contratar el abono social al operador que desee.

Comunicaciones de emergencia

Por último, se establecen mejoras en las comunicaciones de emergencia. Se mantiene el acceso gratuito al 112 y se realizan modificaciones técnicas que permitirán disponer de una ubicación más precisa de las personas en situación de emergencia que efectúan llamadas al 112.

El proyecto de ley establece que el acceso a los servicios de emergencia para los usuarios con discapacidad debe ser equivalente al que disfrutan el resto de usuarios. También incluye la posibilidad de implementar un sistema de alertas públicas o 112 inverso. Así, los operadores deberán transmitir las alertas públicas en casos de grandes catástrofes o emergencias inminentes o en curso.

による, 16 Nov, 2021, Sección:仕事

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