Radiografía a la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual (II)
Sometida durante años a una maraña de directivas europeas y transposiciones nacionales, la publicidad quedará ahora regulada en la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual. Curiosamente, la ley únicamente parece fijarse en la emisión de contenidos en televisión, dejando de lado otros medios como la radio o los servicios interactivos.
La nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual (7/2010 de 31 de marzo), que ha entrado en vigor el día 1 de mayo, establece como no podía ser de otro modo los derechos de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual. Entre ellos, destaca el derecho a fijar la dirección editorial, a crear canales de comunicación comercial y programas y anuncios de autopromoción y al acceso a los servicios de comunicación electrónica en condiciones transparentes, equitativas y no discriminatorias.
Uno de los aspectos en los que más se detiene la nueva Ley General de la Comunicación Audiovisual es la explotación publicitacitaria, cuya regulación había quedado en los últimos años muy diluida a raíz de las diferentes transposiciones de las directivas de televisión sin fronteras.
Tal y como quedó patente en la jornada “Rentabilidad e innovación en televisión en el nuevo escenario audiovisual” organizada recientemente por el Instituto de Fomento Profesional, con el soporte de Panorama Audiovisual, tras años de maraña normtiva, la publicidad encontrará en la nueva ley que entró en vigor el 1 de mayo un marco más conciso aunque no exento de interpretaciones.
La ley establece ahora el tope en doce los minutos de mensajes publicitarios por hora de reloj, excluyéndose el patrocinio, el emplazamiento y la autopromoción. Ésta última se podrá excluir cuando el mensaje tenga una duración superior al spot habitual, no superando en ningún caso los doce minutos por hora.
La autopromoción, según la nueva ley, no se considera comunicación comercial aunque fija un tope de cinco minutos a la hora.
Por lo que a la interrupción de tv movies, largometrajes e informativos (excluyendo las series o los documentales) únicamente podrán interrumpirse una vez por cada periodo previsto de treinta minutos. En cuanto a programas infantiles, es limitación se lleva a un corte por cada periodo ininterrumpido previsto de treinta minutos.
El nuevo texto establece la obligatoriedad de identificar la publicidad con mensajes acústicos y ópticos, repestar la “integridad del programa” y de no sobrepasar el nivel sonoro del programa anterior. En el caso de retransmisiones deportivas, únicamente podrán ser interrumpidas cuando el acontecimiento se encuentre detenido o en el caso de ausencia de descansos siempre y cuando permita seguir el desarrollo del acontecimiento.
Para los programas de televenta, la ley fija una duración ininterrumpida de 15 minutos. Los patrocinios no estarán autorizados para informativos de actualidad, debiéndose en todo caso informar al público de la emisión de un espacio patrocinado a su inicio y finalización y tras los cortes publicitarios.
Uno de los aspectos más controvertidos en los últimos años, el product-placement, quedará a partir de ahora permitido para largometrajes, cortometrajes, documentales, películas y series de televisión, espacios deportivos y programas de entretenimiento. En el resto, solo a cambio del suministro gratuito de bienes o servicios.
En todo caso, la ley, según remarca Raúl Rubio, abogado y asesor senior en Landwell-Pricewaterhousecoopers, establece que el público debe ser informado al inicio, tras los cortes y al final no pudiendo condicionar la independencia editorial ni incitar a la compra.
Al margen de aquella publicidad que vulnere la dignidad humana o fomente la discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, nacionalidad, religión o creencia, discapacidad, edad u orientación sexual, o aquella que sea subliminal o encubierta, la ley marca una serie de prohibiciones que afectarán al tabaco, medicamentos, bebidas alcohólicas (superior a 20 grados en todo momento o de graduación inferior entre las 6 y las 22 horas, salvo que forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir). Ninguna bebida alcohólica podrá dirigirse a menores o inciatar a su consumo inmoderado.
También limita aquella publicidad que fomente comportamientos nocivos para el medio ambiente, que fomente comportamientos nocivos para la seguridad de las personas o la de naturaleza política (salvo en los supuestos previstos por la ley orgánica de régimen electoral general).
Por último, destacar que tal y como ha destaca Raúl Rubio, la ley noha regulado, como sería de esperar, la publicidad en otros medios como la radio o los servicios interactivos.
Acceso a 新しい視聴覚コミュニケーション一般法の放射線写真 (I)
視聴覚法、6 月 1 日の詳細
6月1日、ビジネス開発研究所はパノラマ・オーディオビジュアル社の支援を受けて、マドリードのウェスティン・パレス・ホテルで会議を開催する予定で、そこでは新しい視聴覚コミュニケーション一般法が分析され、視聴覚サービスの提供に関する法的枠組み、この規制がコンテンツに及ぼす影響、未成年者と広告の保護、そして他の多くの問題の中でもとりわけ、この規制が伴う課題と機会について概説される。
フェルナンド・カスティージョ (産業観光商務省)、ラウール・ルビオ (ランドウェル・プライスウォーターハウスクーパース)、ローラ・モリーナ (TVE)、エスペランサ・マルティン (ラセクスタ)、イグナシオ・フェルナンデス・ベガ (スペインテレフォニカ)、アルフォンソ・サンチェス・イスキエロ (CRTVG-FORTA)、エドゥアルドこの日に参加する講演者には、ガルシア マティージャ (マルチメディア コーポレーション)、ホセ ミゲル ガルシア ガスコ (アンテナ 3 グループ)、カルロス エルゲタ (ソゲケーブル)、ホセ アントニオ オルテガ (プライスウォーターハウスクーパース) などが含まれます。
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